Información general sobre las condiciones para el devengo y cuantías de las indemnizaciones por razón del servicio

La Sociedad para el Desarrollo de las Telecomunicaciones de Gran Canaria tiene reconocido derecho de indemnización por razón del servicio por los siguientes conceptos:

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Indemnizaciones por servicio                           Indemnizaciones por servicio

  • Viajes, manutención y alojamiento

Las condiciones para el devengo de esta indemnización vienen reguladas en la Norma de Viajes para el personal de la Sociedad para el Desarrollo de las Telecomunicaciones de Gran Canaria:

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Naturaleza de SODETEGC en PDF                              Naturaleza de SODETEGC en formato Texto OpenDocuments

  • Asistencia a órganos colegiados o sociales

Las condiciones para el devengo de esta indemnización vienen reguladas en las bases 85 y 88 de las Bases de Ejecución del Presupuesto del Cabildo de Gran Canaria:

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Dietas por asistencia a consejos de administración                              Dietas por asistencia a consejos de administración

 


Formato: HTML, PDF y Texto de OpenDocument.

Responsable: Gerente de SODETEGC

Fecha de Publicación: 14/04/2018

Fecha de Actualización: 20/06/2022

Fecha de Última Revisión: 20/06/2022

Periodicidad: Sin periodicidad.

Tipo de información: Retribuciones

Categoría: Información general sobre las condiciones para el devengo y cuantías de las indemnizaciones por razón del servicio.

Subcategorías: Viajes, manutención, alojamiento y asistencia a órganos colegiados o sociales.